En medio de la crisis y la rápida propagación de COVID-19, MarinTrust quiere apoyar a sus partes interesadas y causar una interrupción mínima mientras mantiene la seguridad del programa. Los objetivos son dos: salvaguardar la salud y la seguridad de los auditores y garantizar un suministro continuo de ingredientes marinos provenientes de las instalaciones certificadas por MarinTrust y MarinTrust Cadena de Custodia (CoC).

Por lo tanto, MarinTrust ha invocado su proceso en el manejo de auditorías remotas. Como un programa de certificación de tercera parte, MarinTrust no lleva a cabo las auditorías de plantas de producción ni toma decisiones basadas en ellas, y por lo tanto, esta política describe los requisitos temporales que seguirán los organismos de certificación aprobados por MarinTrust hasta el 30 de septiembre de 2020 o hasta nuevo aviso, lo que ocurra primero.

Puede encontrar más información sobre esta política aquí.

Esta política se revisará mensualmente y se modificará cuando corresponda, debido a la naturaleza cambiante de este evento extraordinario.

Validez extendida para los certificados actuales que vencen en 2020

Todos los solicitantes de recertificación a cualquiera de las normas cuya certificación expire en 2020 dentro de la fecha de validez de esta política (30 de septiembre de 2020), podrán extender su certificado actual por un período de 6 meses a partir de la fecha de caducidad del certificado por medio de su organismo de certificación. Después de este período, si no se puede realizar una auditoría en el sitio, MarinTrust junto con el organismo de certificación, decidirá si una auditoría remota sería apropiada.

Hasta cuatro meses adicionales para realizar auditorías anuales de vigilancia

Se requiere que todos los sitios certificados tengan una evaluación de vigilancia anual para mantener la continuidad de su certificado hacia el estándar MarinTrust para la planta o el estándar de Cadena de Custodia MarinTrust. En caso no sea posible realizar una auditoría in situ en las áreas afectadas *, esta deberá ser programada desde la fecha de vencimiento de los 12 meses de la evaluación de vigilancia y MarinTrust permitirá que la instalación certificada tenga una period de 4 meses para poder completar esta auditoría después de la fecha de vencimiento original de 12 meses . Si no es posible una auditoría in situ, los auditores pueden usar las listas de verificación de auditoría remota. Los sitios que se someten a una auditoría remota deberán realizar una auditoría in situ dentro de los 6 meses posteriores a la auditoría remota.

Se requieren auditorías in situ para los nuevos solicitantes

Todas las solicitudes nuevas a cualquiera de las normas tendrán su auditoría in situ aplazada por un período de 6 meses o hasta que las restricciones de viaje se hayan relajado. Esto es para permitir que un auditor aprobado realice una auditoría in situ en estas nuevas instalaciones, de tal manera que no imponga ningun problema de seguridad para el auditor o el solicitante.

MarinTrust envía sus mejores deseos a todas las partes interesadas durante este momento dificil y sin precedentes. Si tiene más preguntas sobre cómo la pandemia actual afectará su certificación, póngase en contacto a través de [email protected]

 

* "Áreas afectadas" se consideran aquellos países, provincias, territorios o ciudades que experimentan la transmisión continua de COVID-19, en contraste con las áreas que informan solo casos importados ".

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